REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS

OBJETIVO DE LA LEY REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM)

La Ley REDAM de Paraguay tiene como objetivo crear y poner en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), dependiente del Poder Judicial e instituido como mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario. La Ley N° 6506/2020 amplía y modifica la Ley N° 5415/2015 por la cual se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. La Corte Suprema de Justicia ha habilitado la plataforma web del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) en cumplimiento de la Ley N° 6506/2020 [0] [1].

FINALIDAD DEL REDAM:

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) tiene como finalidad hacer cumplir el deber legal alimentario y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La inclusión en el registro se efectúa por resolución judicial firme, previo proceso en el que se haya garantizado el debido proceso y el derecho de defensa. La exclusión del registro se realiza a petición del deudor alimentario moroso, cuando este haya regularizado su situación [1].

PROCEDIMIENTO:

Para la exclusión del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), el deudor debe presentar al juzgado competente donde radica la prestación alimentaria, los comprobantes expedidos por el Banco Nacional de Fomento, que prueben estar al día en el cumplimiento de la obligación alimentaria. El juez competente verificará la autenticidad de los comprobantes presentados y, en caso de corresponder, dispondrá la exclusión del registro [2].

OBLIGACIONES PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS, FINANCIERAS, ESCRIBANOS:

La Ley REDAM es de cumplimiento obligatorio para ciudadanos e instituciones públicas y financieras o comerciales. La jueza de la Niñez y Adolescencia Pili Rodríguez recuerda a la ciudadanía e instituciones públicas y financieras o comerciales sobre el cumplimiento obligatorio de la Ley Nº 5.415/15 que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos [3].